Informamos que se han obtenido noticias asertivas según las comunicaciones realizadas por la Dirección Área de Origen de Mercadería y presentaciones realizadas por nuestra empresa de Comercio Exterior (Ver Actuación Nro 12104-62-2015) relacionadas al Certificado de Origen emitidos en la República Popular China que contengan firma en formato digital.

La Con. Púb. Gladys Morando, encargada de la Subdirección General Técnico Legal Aduanero, firmo y publico la Instrucción General Nro. 1/16 (SDG LTA). Donde expuso en su punto D. Procedimiento Operativo “Las Aéreas operativas aduaneras admitirán como valido, además de los certificados de origen con firma ológrafa, a los Certificados Origen con firma digital debidamente intervenidos por los consulados argentinos en la República Popular China emitidos bajo el Régimen de Origen No Preferencial, siempre que los mismos cumplan con el resto de los requisitos que imponen la normativa en trato

Se entiendo que por firma en “formato digital” a una reproducción de la firma ológrafa que se puede guardar electrónicamente o por su grabado, impresión o estampación.”

Por otro lado, la normativa expone que la puesta en vigencia es aplicable a partir del día 20 de abril del 2016 y el texto de la misma podrá ser visto por el Servicio Aduanero en el siguiente link. http://intranet/otras/dga/index.asp

 

Para ver norma. haga clic aquí.

 

Muchas gracias

Fuente: Departamento Legal y Técnico – Paez Romairone