Si bien incluimos en la Síntesis de Novedades del Boletín Oficial de hoy, 7/10/16, la publicación de la Resolución General 3942 AFIP, para facilitar su conocimiento por parte de actuales y potenciales interesados, adjuntamos su texto y anexo.

 

Destacamos:

–       Mediante el Art. 1º de la Resolución General 3942 AFIP, se implementa el Certificado de Origen Digital (COD) entre la República Argentina y la República Federativa del Brasil conforme al Sistema Informático de Certificación de Origen Digital (SCOD) en los términos de Resolución N° 386 del Comité de Representantes de la ALADI, sus modificatorias y complementarias.

 

–       Según el Art. 2° “Los exportadores de mercadería con destino a la República Federativa del Brasil y los importadores que ingresen mercadería originaria de ese país en el marco de los Acuerdos de Complementación Económica N° 14 y N° 18, podrán tramitar el Certificado de Origen Digital (COD) conforme las pautas establecidas en la presente.”

 

–       DISPOSICIONES TRANSITORIAS – PLAN PILOTO: Ver Arts. 4º al 9º

 

A continuación reproducimos los Arts. 7º y 8º

 

“ARTÍCULO 7° — Los operadores que participen del Plan Piloto deberán observar las pautas procedimentales contenidas en el “Manual del Usuario Externo”, que estarán disponibles en el micrositio “Certificado de Origen Digital – COD” del sitio “web” de esta Administración Federal

(http://www.afip.gob.ar).

 

ARTÍCULO 8° — El Plan Piloto se desarrollará por un período de tres meses contados a partir del 10 de octubre de 2016, prorrogable por un período de hasta tres meses  adicionales, a pedido de cualquiera de las partes invocando motivos justificados al efecto.”

 

–       Vigencia: “a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial.” (Ver Art. 9º)

 

Fuente: CERA