La AFIP subió a su página web el procedimiento que tienen que cumplir aquellos ciudadanos que, no siendo contribuyentes de Ganancias y/o de Bienes Personales, hayan sufrido percepciones por operaciones efectuadas en el exterior canceladas mediante tarjetas de créditos o adquisiciones de paquetes turísticos o compra de moneda extranjera para ahorro.
Dicho de otro modo, si el ciudadano puede utilizar las percepciones sufridas como pago a cuenta de ganancias o Bienes Personales no puede acceder a este trámite de devolución, de manera que el mayor número del universo de beneficiados estará compuesto por monotributistas que exclusivamente pagan por el Régimen Simplificado de Pequeños Contribuyentes (Monotributo). Un monotributista que además paga Bienes Personales, primero deberá evaluar su cómputo contra este impuesto.
El trámite consta de una primera etapa presencial (en la dependencia o agencia respectiva) y una segunda para la cual es necesario poseer CUIT.
A continuación transcribimos la información de la pagina AFIP:
Procedimiento para solicitar la devolución de percepciones por operaciones en moneda extranjera
Los ciudadanos que hubieran sufrido percepciones a cuenta del Impuesto a las Ganancias o sobre los Bienes Personales, siempre que no sean contribuyentes de los mismos, podrán solicitar la devolución de los importes percibidos.
El procedimiento consta de una primera etapa presencial y una etapa posterior, utilizando servicios con clave fiscal.
1. TRÁMITE PRESENCIAL
- 1.1. Solicitar la Clave Única de Identificación Tributaria (C.U.I.T.) en la dependencia de AFIP que corresponda a su domicilio fiscal, mediante la presentación del Formulario F.460/F por duplicado, DNI y dos constancias del domicilio fiscal que se declara.
Para mayor información acceda a los siguientes servicios:
Consulte las Dependencias de AFIP ingresando aquí
Obtenga el F.460/F ingresando aquí
- 1.2. Registrar sus Datos Biométricos. Este trámite consiste en el registro digital de la fotografía, firma y huella dactilar, así como la exhibición del documento de identidad para ser «escaneado». Posteriormente, al ingresar con su Clave Fiscal, el sistema le solicitará aceptar o rechazar los datos biométricos registrados. Para mayor información acceda a la Guía paso a paso ingresando aquí.
- 1.3. Poseer Clave Fiscal con Nivel de Seguridad 3. De no poseer Clave Fiscal o de poseer una con nivel de seguridad 1 o 2, podrá solicitarla o incrementar el nivel de seguridad en una Dependencia AFIP.
INFORMACIÓN ADICIONAL
¿Cómo puedo saber si poseo CUIT?
- Ingrese a la consulta de Constancia de Inscripción / Opción – Monotributo en la página web del Organismo o haciendo click aquí
- En el campo CUIT del Contribuyente ingrese la clave única de identificación por la que desea consultar y el Código de seguridad que visualiza en la pantalla.
- Si la clave única de identificación ingresada NO corresponde a una CUIT, el sistema arrojará el mensaje “La clave ingresada no es una CUIT”
¿Cómo puedo saber el Nivel de Seguridad de mi clave fiscal?
- Toda vez que ingresa con su clave fiscal, en el margen superior derecho de la pantalla visualizará debajo de su número de CUIT/CUIL/CDI, en nivel de seguridad de su Clave Fiscal.
¿Cómo saber si poseo datos biométricos registrados?
- Ingresando con Clave Fiscal al servicio “Aceptación de Datos Biométricos” podrá visualizar si posee datos registrados (fotografía y firma) y si los mismos fueron o no aceptados por usted.
2. TRÁMITES CON CLAVE FISCAL
Para obtener información sobre cómo utilizar la Clave Fiscal e incorporar servicios, acceda a la Guía paso a paso ingresando aquí
- 2.1. Registrar su Clave Bancaria Uniforme (C.B.U.) para que, en caso de corresponder, sea transferido el monto solicitado en devolución. Para ello deberá acceder al servicio con Clave Fiscal «Declaración de CBU para cobros de origen tributario, aduanero y de la seguridad social”. Dicho servicio requiere que la clave fiscal posea Nivel de seguridad 3 como mínimo.
- 2.2. Ingresar al servicio con Clave Fiscal “Mis Aplicaciones Web” y realizar la solicitud de devolución mediante el Formulario F.746/A – DEVOLUCIONES Y TRANSFERENCIAS. Para mayor información acceda a la Guía paso a paso ingresando aquí
Fuente: Ámbito y AFIP