Se informa que, de acuerdo con lo establecido en la Resolución N.º 808/2025 del SENASA, de carácter obligatorio, aquellos usuarios externos que utilicen servicios o se encuentren inscriptos en registros del organismo deberán declarar su domicilio electrónico (DE – casilla de correo electrónico).

A tal efecto, se establece un plazo de SESENTA (60) días corridos, contados a partir del 18 de marzo de 2026 -Vencimiento el 17/05/2026-, para cumplir con dicha obligación a través del sistema SIG-Trámites.

Asimismo, el Artículo 6° dispone que, en caso de incumplimiento, la omisión en la constitución del domicilio electrónico dentro de los plazos establecidos en el Artículo 7° de la mencionada resolución acarreará la suspensión del usuario en los registros del SENASA, así como también de las actividades que tenga autorizadas.

Para efectuar esta gestión, podrán acceder al siguiente tutorial, el cual detalla el procedimiento de manera simple en tres pasos. Asimismo, se encuentra disponible material de ayuda adicional en la plataforma YouTube, proporcionado por este organismo sanitario.

Clic aquí para comenzar el trámite.

Consultas de personas externas por este trámite, comunicarse con el equipo de Atención Ciudadana:

Correo electrónico: responde@senasa.gob.ar

WhatsApp Federal: +54 11 3585 9810

Paez Romairone – Comercio Exterior.

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