Boletín Informativo Páez Romairone (BIPR) Nº 27 – Aduanas del Interior y el control de la Resolución General 3304/2012

La Aduana de Buenos Aires pone la lupa en las operaciones de importación en el interior.

Introducción:

Desde el 01 de abril del año 2012, entro en vigencia la Resolución General de AFIP N° 3304 que establece la creación de Equipos Multidisciplinarios de Verificación, Valoración e Inspección de Control (EMVIC).

Esta norma entro en vigencia y su mayor control se aplico para la importación a consumo que fueron registradas por el puerto de Buenos Aires.

Desarrollo de este control en las aduanas del interior:

En la actualidad, este control esta impactando en las mercaderías que son documentadas en las aduanas del interior.

Formas de proceder por parte del Servicio Aduanero:

El (EMVIC) estudiara las siguientes mercaderías por el área de fiscalización en función de:

  • Un análisis integral de la Declaración Jurada Anticipada de Importación (DJAI);
  • Un análisis sobre la migración de Posiciones Arancelarias en las Declaraciones Aduane­ras, en función de los distintos requerimientos que se han establecido para las mismas;
  • Los antecedentes objetivos de precios de mercaderías idénticas o similares;
  • Los perfiles de riesgo generados por la Subdirección General de Control Aduanero tanto para el Importador, Despachante de Aduana y para el Agente de Transporte Aduanero;
  • Datos adicionales que amerite el análisis de valor.

El agente interviniente del (EMVIC) en Buenos Aires realiza un bloqueo en el Sistema Informático Maria de la operación. Además, se le asignara un Nro. de Alerta de Destinaciones Oficializadas (ADO) notificando mediante un correo oficial a los agentes intervinientes en la aduana del interior.

El Verificador actuante en la aduana del interior, recibe correo electrónico oficial y procederá a realizar un control exhaustivo de la operación, sacando fotografías de la mercadería documentada.

El desbloqueo lo realiza el (EMVIC), mediante la siguiente documentación que aporte el interesado en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

  • Ordenes de Compras y correos electrónicos donde se justifique que se pacto el precio;
  • Documentos de salidas de la aduana de origen;
  • Swift Bancarios;
  • Despacho de Importación con la correspondiente documentación complementaria presentada en aduana al momento de la oficialización.

Soluciones viables y formas de enfrentar este requerimiento por la Dirección General de Aduanas:

El despachante y/o el importador deberán tener un representante en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a los fines que genere el desbloqueo de la operación y/o explicación de las inquietudes expuestas por el Servicios Aduanero.

Es importante que el importador disponga de toda la documentación requerida en los párrafos precedentes a los fines que el desbloqueo de la operación dure lo menos posible para evitar demoras, extra costos y desgastes de la operación de referencia.

Nuestro equipo está brindando dicha gestión como un servicio más para su empresa.

 


Fuente: Paez Romairone