El Acuerdo de Libre Comercio MERCOSUR–Singapur no solamente presenta oportunidades para importadores y exportadores. También puede modificar las condiciones de competencia para determinadas empresas argentinas que producen y comercializan sus mercaderías en el mercado interno. Conocer los compromisos arancelarios asumidos por nuestro país será fundamental para anticipar sus posibles efectos.

Un acuerdo comercial que también interesa a quienes no importan ni exportan

Argentina incorporó a su ordenamiento jurídico el Acuerdo de Libre Comercio MERCOSUR–Singapur mediante la Ley 27.819.

Habitualmente, cuando se analiza un acuerdo de estas características, la atención se concentra en las oportunidades que puede ofrecer a las empresas exportadoras y en las posibles reducciones de costos para los importadores.

Sin embargo, existe otro sector que también debería prestar atención: la industria nacional.

Las empresas argentinas que fabrican productos destinados exclusivamente al mercado interno pueden verse alcanzadas indirectamente por los cambios en las condiciones de acceso de mercaderías extranjeras.

En efecto, la reducción de derechos de importación sobre determinados productos originarios de Singapur podría modificar las condiciones de competencia en algunos segmentos del mercado argentino.

Esto no significa que todos los sectores industriales enfrentarán necesariamente una mayor competencia, pero sí plantea la conveniencia de realizar un análisis anticipado.

¿Cómo puede impactar la desgravación arancelaria en los fabricantes argentinos?

Uno de los principales componentes del acuerdo es el programa de desgravación arancelaria.

A través de este mecanismo, los países participantes establecen compromisos de reducción o eliminación de derechos de importación sobre determinadas mercaderías.

En el caso argentino, los compromisos correspondientes al MERCOSUR se encuentran contemplados en el Apéndice 2-A-1 del acuerdo.

Allí se establecen los tratamientos arancelarios negociados para los productos comprendidos.

Por lo tanto, una empresa argentina que fabrica determinado bien debería evaluar si existe una mercadería equivalente o competidora originaria de Singapur que pueda acceder a una preferencia arancelaria.

La reducción de los derechos de importación podría influir sobre los costos de ingreso de esos productos al mercado argentino y, eventualmente, sobre sus condiciones de comercialización.

Sin embargo, el efecto real dependerá de diversos factores, entre ellos el nivel arancelario inicial, la magnitud y el plazo de la reducción, los costos logísticos y las características del mercado.

La existencia de una preferencia arancelaria no implica, por sí sola, que un producto importado resulte más competitivo que uno fabricado en Argentina.

No todos los sectores industriales tendrán el mismo impacto

Un aspecto fundamental es comprender que el acuerdo no establece necesariamente una eliminación inmediata y uniforme de los derechos de importación.

Los compromisos negociados contemplan diferentes tratamientos y cronogramas de desgravación.

Por lo tanto, para conocer el posible impacto sobre una actividad industrial, es necesario identificar correctamente los productos involucrados y analizar las condiciones arancelarias correspondientes.

Además, debe considerarse que el beneficio preferencial está condicionado al cumplimiento de las reglas de origen.

No alcanza con que una mercadería sea comercializada desde Singapur: deberá cumplir los requisitos establecidos para ser considerada originaria de ese país.

Esta distinción resulta especialmente importante en un mercado que participa activamente en el comercio internacional y en las cadenas globales de abastecimiento.

¿Qué deberían analizar las empresas industriales argentinas?

El primer paso consiste en identificar los productos que fabrica o comercializa la empresa y determinar su correspondiente clasificación arancelaria.

A partir de allí, resulta posible examinar los compromisos asumidos en el acuerdo y evaluar si existen productos competidores que podrían beneficiarse de una reducción de derechos de importación.

También será necesario considerar los plazos de desgravación y las condiciones exigidas para acceder a las preferencias.

Este análisis permite que una empresa conozca anticipadamente los cambios arancelarios que podrían afectar su actividad.

La información obtenida puede resultar útil para revisar estrategias comerciales, evaluar costos, analizar proveedores y proyectar decisiones de inversión.

Anticiparse a los cambios normativos también forma parte de la planificación empresarial.

El despachante de aduana y su función de asesoramiento

Los acuerdos comerciales internacionales amplían los ámbitos en los que el conocimiento técnico aduanero puede aportar valor a las empresas.

Tradicionalmente, la intervención del despachante de aduana suele asociarse con las operaciones de importación y exportación.

Sin embargo, su conocimiento de la clasificación arancelaria, los regímenes preferenciales y la normativa de comercio exterior también puede resultar útil para empresas que no realizan operaciones internacionales de manera directa.

Un fabricante nacional puede necesitar comprender cómo se modificará el tratamiento arancelario de determinados productos extranjeros que compiten con los suyos.

En ese contexto, el despachante de aduana puede contribuir mediante un análisis técnico de los compromisos comerciales asumidos y de las condiciones previstas para su aplicación.

El asesoramiento aduanero no comienza ni termina con una destinación de importación o exportación. También puede contribuir a la planificación estratégica de una empresa.

Conocer el acuerdo para tomar mejores decisiones

El Acuerdo MERCOSUR–Singapur representa un nuevo marco para las relaciones comerciales entre las partes.

Sus efectos potenciales no se limitan a las empresas que compran o venden mercaderías en el exterior.

También pueden alcanzar a fabricantes nacionales que participan exclusivamente del mercado interno.

Por eso, conocer los compromisos arancelarios, identificar los productos involucrados y evaluar los posibles cambios en las condiciones de competencia constituye una tarea relevante para determinados sectores industriales.

Es importante recordar que la aplicación efectiva de las preferencias dependerá de la entrada en vigor del acuerdo y del cumplimiento de las condiciones correspondientes.

Los acuerdos comerciales pueden generar oportunidades y desafíos. La diferencia está en contar con información para anticiparse a sus posibles efectos.

En Páez Romairone – Comercio Exterior brindamos asesoramiento técnico y operativo sobre acuerdos comerciales internacionales, clasificación arancelaria y condiciones de acceso a preferencias.

Acompañamos a importadores, exportadores y empresas industriales en el análisis de los cambios normativos que pueden impactar en sus actividades.

¿Tu empresa fabrica productos en Argentina y querés conocer si el Acuerdo MERCOSUR–Singapur podría modificar las condiciones de competencia de tu sector?

Contactanos para evaluar el tratamiento arancelario de los productos involucrados y sus posibles implicancias.

Agustín Páez Romairone

Despachante de Aduana – Socio 6851 CDA

Con el respaldo institucional del Centro de Despachantes de Aduana de la República Argentina avala nuestro compromiso profesional.